Si el SAT te niega una devolución de saldo a favor por razones formales, debes impugnar para no perder tu derecho
El pasado 11 de julio de 2025, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (ya desaparecida tras la reforma judicial recientemente aprobada), publicó una nueva jurisprudencia por contradicción bajo el número 2a./J. 32/2025 (11a.).
Esta jurisprudencia resolvió una contradicción entre dos criterios:
El emitido por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, y dictado por el Pleno Regional en Materia Administrativa de la Región Centro-Norte, con sede en la Ciudad de México.
¿Qué dice esta nueva jurisprudencia?
Establece que, si el SAT niega la devolución de un saldo a favor únicamente por cuestiones formales, el contribuyente debe impugnar esa resolución (mediante un recurso o juicio), aunque la razón de la negativa no sea de fondo.
Dicho de otro modo: Aunque el rechazo del SAT sea por una omisión de forma (como no adjuntar cierta documentación o errores menores), si el contribuyente no impugna, perderá su derecho a recuperar ese dinero.
¿Qué criterio se aplicaba antes?
Hasta antes de esta jurisprudencia, el criterio aplicable era el emitido por el Pleno Regional en Materia Administrativa, que permitía a los contribuyentes corregir y volver a presentar su solicitud si el rechazo era únicamente por cuestiones formales, siempre que lo hicieran dentro del plazo legal de cinco años.
Este criterio anterior -más protector de los derechos del contribuyente- reconocía que si el rechazo no era de fondo, el SAT no debía conservar el dinero sin permitir que el contribuyente corrigiera su error y solicitara de nuevo su devolución. De hecho, esta postura fue impulsada por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), precisamente para proteger a los contribuyentes.
¿Qué implica el nuevo criterio?
Bajo el nuevo criterio de la Suprema Corte: Cualquier negativa del SAT, incluso por errores de forma, deberá ser impugnada oportunamente.
Si el contribuyente no presenta un recurso de revisión o juicio de nulidad, perderá su derecho a recuperar el saldo a favor.
Esto representa una carga adicional para los contribuyentes: tiempo, costos legales y desde nuestra perspectiva, esta nueva interpretación representa un retroceso en la protección de los derechos de los contribuyentes, particularmente en lo relativo a los principios de proporcionalidad y equidad en el pago de impuestos.
¿Qué hacer si el SAT te niega una devolución por cuestiones formales?
Impugna inmediatamente. No hacerlo, podría significar perder definitivamente tu derecho a recuperar lo que pagaste de más.
Nuestro equipo especializado en fiscal, está a tu disposición para evaluar si tu caso encuadra en esta nueva jurisprudencia, y en su caso, presentar el recurso correspondiente defendiendo tus derechos ante las autoridades fiscales.


